Martes de 9:00a.m. a 4:30p.m.
Miercoles de 9:00a.m. a 4:30p.m.
Jueves de 9:00a.m. a 4:30p.m.
Somos la entidad rectora del servicio de transporte extraurbano de pasajeros, legalmente facultada para llevar a cabo la eficiencia en el registro, regulación y control de este servicio que impulsa la economía nacional y contribuye a la realización del bien común. Mediante el Acuerdo Gubernativo número 893-92 de fecha 17 de noviembre de 1992 que se emitió el reglamento de transporte extraurbano de pasajeros por carretera.
Proporcionar al sector del transporte extraurbano nacional servicios públicos de calidad que brinden información, registros y controles actualizados, confiables y seguros que garanticen a las personas y sus bienes un sistema ramificado del transporte extraurbano que contribuya a la existencia de una competencia leal y ordenada entre porteadores.